Indulgencias Apostólicas
EnciCato
Las indulgencias conocidas como Apostólicas o apostolares, son esas que el
Romano pontífice, el sucesor del Príncipe de los apóstoles, impone a las cruces,
crucifijos, guirnaldas, rosarios, imágenes y medallas a las que bendice, también
con su propia mano, o con esos de quienes fue delegada esta facultad. Los
principios puestos en el artículo general de indulgencias aplica aquí también.
Pero desde estas indulgencias apostólicas están entre las más frecuentes y
abundantes de esos ahora en uso a través de la Iglesia, ellas parecen requerir
un separado y más detallado tratamiento. Como el nombre implica, ellas son
indulgencias garantizadas por el Papa mismo. Algunas de ellas son plenarias,
otras indulgencias parciales. Podría ser observado que la posesión de la cruz o
medalla u otro objeto de indulgencia no es solo o condición inmediata para ganar
indulgencias ligadas a ello por la bendición del Santo Padre o su delegado. Pero
la posesión habilita al receptor a ganar las varias indulgencias en la ejecución
de ciertos trabajos buenos prescritos o actos de piedad. En este respecto, la
posesión del objeto podría mirar como análogo a lo local o limitación personal u
otras indulgencias. Para la bendición de objetos presentados a el, el Santo
Padre, de ahí garantiza indulgencias, no a toda creencia indiscriminadamente,
pero a ciertas personas, ingeniosas la actual o posesor prospectivo de estas
cruces, medallas etc. Que podrían ser vistas como marcas o toques distinguiendo
a esas personas de las que el privilegio especial ha sido dado. En el mismo
tiempo desde que fue abierto a toda la fe, para obtener como objetos benditos,
especialmente ahora cuando la facultad para dar esta bendición es prontamente
garantizada al clero a través de la palabra, las indulgencias apostólicas pueden
fuertemente ser reconocidas con esos que son meramente personal o local.
A través de los Papas ha sido en el habito de garantizar indulgencias de muy
temprana fecha, algunas a los que teniendo una limitación análoga o conexión con
el llevar o traer un objeto bendito, las indulgencias apostólicas, como nosotros
conocemos, datan solo del año 1587, hasta nuestros tiempos, después de la
publicación de Lutero famosas estas indulgencias en contra. Y un curioso interés
las liga al primer origen a esta practica familiar. Antes esa fecha los Papas
tenían simplemente medallas benditas u otros objetos presentados a ellos para
este propósito. Pero como el Papa Sixto V, fijo en adelante en esta Bula
“Laudemus viros gloriosos” (2 de diciembre 1587) los hombres trabajadores
involucrados en su restauración y adorno de la Basílica Laterna, derribando
algunas muy viejas paredes, trajo accidentalmente a brillar un numero de viejos
rincones conduciendo a un lado de la cruz y en el otro como de uno a otro de los
tempranos emperadores cristianos. Este remarcable descubrimiento permitió al
pontífice en acuerdo con las palabras abiertas de esta Bula, cantar los rezos de
esas viejas reglas de la Cristiandad, como Constantino, Teodosio y Marciano. Y
por un feliz pensamiento que hace sus viejos rincones nuevamente paso corriente,
como conduciendo, como fijando su nueva vida, no una mundana, pero fuertemente
valores espirituales. En otras palabras, garantiza un numero de indulgencias en
la ejecución de ciertas palabras pías, a todos los que se vuelven poseedores de
los viejos rincones enriqueciendo con su nueva bendición. La lista de
indulgencias especiales fijo en adelante en esta Bula como ligada a los rincones
de emperadores cristianos en la primera instancia de las indulgencias
apostólicas que los Papas ahora ligan a las medallas, etc., presentadas por su
bendición. No puede ser supuesto sin embargo, que las indulgencias apostólicas,
ahora son generalmente dadas en manera familiar, son en todo respecto a las
mismas como esas garantizadas en esta especial ocasión por el Papa Sixto V. En
comparación con la anticipada dicha Bula, “Laudemus viros gloriosos” con la
lista en la instrucción anexa a la facultad costumbrista para bendecir rosarios
etc. Ligando indulgencias de ahí, mostrara muchos puntos de diferencia, ambos en
la extensión de las indulgencias y en los buenos trabajos prescritos como
condiciones para ganarlas. Y será encontrado, como posibilidad anticipada, que
en algunos casos las indulgencias dadas en la Bula Sixtina son mas abundantes
que las otras. En al menos un punto importante amas listas están de acuerdo.
Estos serán vistas, que en ambos casos la indulgencia plenaria puede ser ganada
con esos que devotamente invocan el Sagrado Nombre de Jesús en la hora de la
muerte (Articulo mortis) Pero del otro lado, la indulgencia plenaria por
confesión y comunión que los poseedores de los rincones lateranos pueden
aparentemente ganas en un día con solo ser ganada por los poseedores de
indulgencia ordinaria, objetos, en ciertos grandes festivales y que en la
condición fija de rezar algunos rezos.
W H. KENT
Transcrito por Charles Sweeney. S. J.
Traducido por Patricia Reyes.